martes, 12 de agosto de 2008

ESTRUCTURALISMO ECONOMICO

Artículo 334 C.Pol: intervención del Estado en la economía
Artículo 335 C.Pol: el Estado frente a la actividad financiera

Función de regulación económica: 3 puntos:
Estado benefactor
Los principios socioplíticos y económicos de un Estado gendarme
Estado empresario e industrial.

Función proveedora de bienes y servicios:
Art 365: prestación de servicios públicos estatales
Art 366: prioridad del gasto público social

funcion fiscalizadora o de hacienda publica:
art 12 y art 95

Función redistributiva:
Objetivo fundamental de la hacienda pública: recursos disponibles por parte del Estado y las entidades públicas para el cumplimiento de sus actividades y proyectos.
Bajo criterios de inversión social y bienestar general.

Función de estabilización económica: Banco de la república velando por la capacidad adquisitiva de la moneda por estar relacionada con la inflación y Correcto manejo de hacienda pública.
PRINCIPIOS ECONOMICOS DE ORIGEN LIBERAL

Liberalismo económico clásico: libertad de producir, consumir, sin intervención externa alguna.
Liberalismo moderno: Estado moderador buscando la racionalización de la actividad económica.

LIBRE ACTIVIDAD ECONOMICA E INICIATIVA PRIVADA
art 333 , libre competencia con responsabilidades y limites, tiene unos aspectos:
1.posicion dominante en el mercado
2.determinacion de la posicion dominante en el mercado
3.el monopolio
legislacion sobre el monopolio en colombia:
El de la pólvora en 1823- De la sal en 1824- De los naipes en 1822- De las esmeraldas en 1848
Constitución de 1886
Reforma de 1910
La carta de 1991Monopolio puro, simple y natural.
ppio libertad economica, art 88 constitucion derechos colectivos.
proteccion al consumidor, a la libertad industrial y competencia desleal.
libertad de escoger profesion u oficio.

LA PROPIEDAD PRIVADA
La propiedad esta consagrada como derecho fundamental, en los artículos 58 y 333, coloca a la nación dentro del marco de los principios fundamentales del liberalismo económico; conjugando el sistema de propiedad privada y de libertad de empresa e iniciativa privada con las limitaciones que impone la misma constitución.
ESPECIES DE PROPIEDAD PREVISTAS POR LA CONSTITUCION:
Propiedad Publica y Privada
Propiedad Estatal y Bienes del Estado
Bienes Fiscales
Bienes de Uso Publico
Territorio Nacional
ART 96: NACIONALES COLOMBIANOS
Quienes hayan nacido en Colombia y cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
Que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos.
El hijo de extranjeros cuyos padres - o al menos uno de ellos - estuviere domiciliado en Colombia, en el momento de su nacimiento.
Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y luego se domiciliaren en territorio colombiano o se registraren en una oficina consular de la República.
COLOMBIANOS POR ADOPCION:
Los extranjeros que soliciten y obtengan Carta de Naturalización de acuerdo con la Ley 43 del 1o. de febrero de 1993.
Los latinoamericanos y del Caribe por nacimiento, quienes, con autorización del gobierno y de acuerdo con la ley y el principio de reciprocidad, pidan ser inscritos como colombianos, ante el municipio colombiano en el cual estén establecidos.
Los miembros de pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos con Colombia, de acuerdo con los principios de reciprocidad y según los tratados públicos.
LIMITES DE COLOMBIA:
Con Panamá: mediante el tratado de Liévano – boid de noviembre 20 de 1976. Correspondiente al área marítima del pacifico y del atlántico y por el tratado de Vélez victoria de agosto 20 de 1924 para la zona continental.
Con Nicaragua: tratado Ezquerra – barcenas del 24 de marzo de 1928. La real orden del 30 de noviembre de 1803 la corona española, determino los limites del virreinato de la nueva granada.
Con Honduras: tratado Ramírez López de agosto 2 de 1968.
Con Jamaica: tratado Sanin – Robertson de noviembre 12 de 1978.
Con Republica Dominicana: tratado Lievano – Jiménez del 13 de enero de 1978
Con Venezuela: Laudo Español de marzo 16 de 1891. El arbitramento Suizo de marzo 24 de 1922y el tratado López de Meza – Gil Borges de abril 5 de 1941, todas relacionadas con el territorio fronterizo. La zona marítima se encuentra en proceso de delimitación.
Con Estados unidos: tratado Vásquez – Sacio de septiembre 8 de 1972.
Con Costa Rica: tratado Fernández Faccio del 17 de marzo de 1977, para la zona del caribe y el tratado Lloreda – Gutiérrez del 6 de abril de 1984 para la zona del pacifico.
Con Ecuador: tratado Lievano – Lucio de Agosto 23 de 1975, para la zona marítima y por medio del tratado Suárez – Muñoz Vernaza del 15 de julio de 1916.
Con Perú: tratado Lozano Salomón de marzo 24 de 1922 y el protocolo de rió de mayo 24 de 1934.
Con Brasil: tratado Vásquez Cobo – Martins en abril 24 de 1907 y tratado García Ortiz – Mangabeira de noviembre 15 de 1982
DEMAS PARTES DEL TERRITORIO:
El Suelo
El territorio continental colombiano tiene una extensión de: 1.141.748 KM dentro de un perímetro de: 9.242 Km.
Una zona selvática de 374.504 KM según Green Peace (organismo internacional de protección del medio ambiente). Que constituye aproximadamente el 33% del territorio nacional.
Una zona andina: de donde esta asentada la mayor parte de la población, región en donde se adelanta casi toda la actividad económica del país.
Una zona marítima: la cual en la plataforma del caribe tiene una extensión de 538.574 Km, y la plataforma del pacifico con 339.500 Km. sumados al territorio continental con el marítimo tenemos que el área territorial colombiana es de 2.019.822 KM.
Subsuelo
El subsuelo es la proyección vertical de la superficie del territorio hasta el centro de la tierra, formando un cono o figura tridimensional en el cual el estado ejerce su soberanía.
propiedades del subsuelo y los recursos naturales no renovables:
Mina: todo yacimiento, deposito, formación o criadero de minerales o de materias fósiles, útil o aprovechable económicamente que se encuentre en el suelo o en el subsuelo, en cualquier estado físico. Continua. La mina es un inmueble distinto del suelo en que esta ubicada aun cuando quien tenga derecho a explotarlo sea el dueño del suelo.
Mar Territorial
Zona de dominio y seguridad del Estado. En lo militar, en lo aduanero.
Se considera como una prolongación del territorio para todos los efectos jurídicos del ejercicio de la potestad publica del estado.
zona contigua
plataforma continental
art 76 convencion del mar 1982
La plataforma continental de un estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden mas allá de su mar territorial y del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas, contadas desde las líneas base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, o en los casos en que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia.
zona economica exclusiva
La Nación Colombiana ejercerá derechos de soberanía para efectos de exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales vivos y no vivos del lecho del subsuelo y de las aguas suprayacentes, así mismo, ejercerá jurisdicción exclusiva para la investigación científica y para la preservación del medio ambiente.
Alta Mar
En alta mar existe por lo tanto todas las libertades, dentro del marco del derecho internacional, pero especialmente las libertades de navegación, de pesca, de tender cables y tubos submarinos y de volar sobre el espacio aéreo de alta mar.
espacio aereo
La soberanía del espacio aéreo a pesar de lo establecido no tiene plena capacidad; pues, en la practica esta rodeada de limitaciones legales, que resultan obvias; por ejemplo para el libre ejercicio de la aviación comercial:
Sobrevolar el espacio aéreo de cualquier estado sin aterrizar.
Aterrizar Para fines no comerciales
Desembarcar pasajeros, cargas, correos.
Embarcar todo lo anterior con destino al territorio del país cuya nacionalidad posee la nave
El espacio aéreo internacional, que comprende el alta mar y las zonas polares específicamente.
Espacio Ultraterrestre
El Segmento de la Orbita Geoestacionaria
El espectro Electromagnético
La Propiedad de Uso Publico
La Propiedad Asociativa y Solidaria
La Propiedad Intelectual
La Propiedad Colectiva
La Propiedad Agraria y Rural
La Propiedad Democrática
LIMITES QUE AFECTAN LA PROPIEDAD PRIVADA
El Bien Publico y el Interés Social
La Función social de la Propiedad
La Primacía del Interés General sobre el particular
La función ecológica de la Propiedad
La Expropiación y la Confiscación

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